⚠️ Traducción automática, no válida como documento legal. El texto oficial es la versión en inglés/catalán aprobada.
Historial de revisiones
(Registro interno del proceso de redacción, mantenido en inglés - ver la nota anterior. No forma parte de la versión que se presentará al registro.)
| Date | Articles | Change |
|---|---|---|
| 2026-08-13 | 1a (new) | Added a definitions article (Statutes, Member, Board, General Assembly, Guest, fees, Internal Regulations) |
| 2026-08-13 | 2 | Removed "non-competitive" from the aims so americanas and future tournaments are not excluded; the inclusive, all-abilities ethos stays |
| 2026-08-13 | 5 | Trimmed the explanatory sentence about minors; the 18+ membership requirement itself is unchanged |
| 2026-08-13 | 7 | Fee wording standardised (see Article 1a); mediation duty now points to the new Article 9a |
| 2026-08-13 | 9 | The three infraction levels (minor / serious / very serious) are now defined in the article itself; examples live in the Internal Regulations |
| 2026-08-13 | 9a (new) | Added the mediation procedure that Article 7 refers to |
| 2026-08-13 | 11 | The internal rules document is now named: the Internal Regulations (reglament de règim intern) |
| 2026-08-13 | 12 | Members requesting an extraordinary Assembly now have a stated mechanism (written request to the board) |
| 2026-08-13 | 14 | Quorum changed from "any number present" to a double-call system: half the members on first call, any number on second call |
| 2026-08-13 | 22 | Added that detailed role descriptions live in the Internal Regulations |
| 2026-08-13 | 24a (new) | Funds may only be collected through board-approved channels; the association's name may not be used without board authorisation |
| 2026-08-13 | 26a | Rewritten: payment authorisation in three bands (small / medium / large) with the euro values set in the Internal Regulations, not the Statutes; wording made digital-first (bank approval systems count, physical signatures not required) |
| 2026-08-13 | 15 | Vocal count changed from a hardcoded four to a range (minimum two, maximum eight, set by the Assembly at each election); the founding board has six Vocals, with James and Nadir joining as founders |
| 2026-08-13 | 23 | Founding patrimony updated from €90 (9 founders) to €110 (11 founders) |
| 2026-08-13 | 24a | Extended to channels and platforms: creating any website, social account, group, or club using the Keep Calm name or branding needs prior board authorisation; the board keeps a register of official channels |
| 2026-08-13 | 7 | Two new member duties: e) confidentiality (no sharing of board deliberations, private conversations, or personal data outside their intended audience, including screenshots) and f) personal data collected only through board-authorised channels, handled per data-protection law |
| 2026-08-13 | 5 | Trimmed the duplicate definition of Member (now in Article 1a); the disciplinary-scope clarification stays |
| 2026-08-13 | 2 | Badminton and basketball added to the example activities |
| 2026-08-13 | 14 | Vote delegation defined: in writing, per meeting, maximum two delegated votes per member ("represented" was previously undefined) |
| 2026-08-13 | 15 | Removed the founding-board Vocal count note (recorded in the founding act instead, so the statutes never go stale) |
| 2026-08-13 | 16 | Board members remain in office until successors are elected, so a late Assembly never leaves the association without a board |
| 2026-08-13 | 18 | Board meetings may be held remotely; the board may decide without a meeting when all members are consulted and a majority agree in writing, recorded in the next minutes |
| 2026-08-13 | 24 | Fee terminology unified to the Catalan "quotes" |
| 2026-08-13 | 4a | Minutes translations now prepared "when required for filing or official use" rather than for every set of minutes - removes a standing workload that would not have been kept up |
| 2026-08-13 | 26a | Debt backstop: borrowing, debt, or guarantees need General Assembly approval; recurring commitments need large-band authorisation with annual board review |
| 2026-08-13 | 24a | Public statements on the association's behalf are made only by the President or a board designate |
| 2026-08-14 | 22e | Organisers cannot make legal representations (permits, permissions, agreements) in the association's name without board authorisation - Luca's point, 13 Aug review |
| 2026-08-15 | 12 | Member threshold to force an extraordinary Assembly raised from 10% to half, per Luca/Prashant's suggestion |
| 2026-08-15 | 13 | Clarified that the board decides to call a meeting by the same majority as any other board decision (Article 18) - Luca's question, 13 Aug review |
| 2026-08-15 | 12 | Extraordinary-Assembly threshold reverted from half back to 10%: art. 322-3.2 of the Civil Code of Catalonia sets 10% as a floor that statutes may lower but never raise, so the 50% version would not survive registry review. The Assembly must also be held (not merely called) within 30 days, matching the same article |
| 2026-08-15 | 7a | Guests must now also be 18 or over: strict adults-only across all participation, aligning the statutes with the community's standing 18+ policy and the organiser guide (which already said "no exceptions") |
| 2026-08-15 | 3 | Changing the registered address is now a General Assembly statutes amendment (the address is mandatory statute content under art. 321-4), no longer a board-only decision |
| 2026-08-15 | 5 | Admissions may be decided by the Article 18 written procedure, so an applicant no longer waits up to a quarter for the next board meeting |
| 2026-08-15 | 7e | Confidentiality duty gains a carve-out for disclosures required or protected by law (e.g. reports to public authorities) |
| 2026-08-15 | 9 | Disciplinary periods defined as calendar days and indicative, so a missed internal deadline cannot by itself void a sanction |
| 2026-08-15 | 13 | The President issues Assembly notices on the board's behalf, reconciling Article 13 with Article 19 |
| 2026-08-15 | 17 | Residual powers clarified: anything not reserved to the board stays with the Assembly - Articles 11g and 17 previously both claimed the leftover powers |
| 2026-08-15 | 22f (new) | Volunteers article added - mandatory statute content for volunteer-run entities (art. 321-4.1.g) - including the register of volunteers (llibre de voluntaris, art. 313-3); Chapter IVa retitled "Working Groups and Volunteers" |
| 2026-08-15 | 29 | On dissolution, assets may alternatively go to another non-profit with analogous aims (arts. 324-6 / 321-1.3), removing a known registry-rejection cause |
| 2026-09-01 | 5 | Added: founders become the association's first members upon constitution, without following the ordinary admission procedure - closes a gap against Torre Jussana's own drafting guide (GA_7), which requires board members to be a "persona associada"; without this line the founders' own board seats would rest on an undefined status |
| 2026-09-01 | 13 | Added: the Assembly need not meet at the registered address; the notice states wherever it will be held - matters now the registered address will be a founder's home, which GA_7 explicitly advises against using as a routine meeting venue |
| 2026-09-01 | 28 | Added: the dissolution resolution is taken at an Extraordinary Assembly called with dissolution as its sole item of business - GA_7 states this explicitly; not previously in our text |
| 2026-09-01 | 13 | Rewritten: the Assembly is now ordinarily held online, with in-person/hybrid as a board-chosen exception - Daniel's call, given how the founders are actually spread and how meetings have worked so far |
| 2026-09-01 | 13a (new) | Added an Assembly minutes-approval procedure (circulate within 15 days, stands approved absent a written objection within 15 days, contested points go to the next Assembly) - GA_7 requires statutes to state this and ours previously didn't; resolutions still take effect immediately on the Assembly's own approval, not on minutes sign-off |
| 2026-09-02 | 24a | Removed board authorisation over creating community websites/social accounts/WhatsApp groups (added 13 Aug after the Luca-Strava case) - Daniel's explicit call: the association's authority stays limited to money and to commitments made in the association's own name, not community channels. Corresponding Internal Regulations §6 subsection and the who-decides infographic also updated |
Capítulo I. Denominación, Fines, Domicilio y Duración
Artículo 1. Denominación (Denominació)
Se constituye una asociación bajo el nombre de "Associació Keep Calm Barcelona", regida por el libro tercero del Código Civil de Cataluña (Llei 4/2008), la Ley Orgánica 1/2002 cuando sea de aplicación, y estos Estatutos.
Artículo 1a. Definiciones
En estos Estatutos:
- "Estatutos" significa este documento, tal como sea aprobado y modificado por la Asamblea General.
- "Socio/a" (soci) significa una persona formalmente admitida conforme al Artículo 5. Se trata de un estatus jurídico distinto de participar en las actividades o la comunidad de Keep Calm en general.
- "Junta" (junta directiva) significa el órgano de gobierno descrito en el Capítulo IV.
- "Asamblea General" significa la asamblea de todos los socios y socias descrita en el Capítulo III.
- "Invitado/a" significa una persona no socia que participa en una actividad conforme al Artículo 7a.
- "Cuotas" (quotes) significa las cuotas periódicas que la Asamblea General pueda establecer conforme a los Artículos 11 y 24 (actualmente no se cobra ninguna). "Aportaciones por actividad" significa aportaciones puntuales vinculadas a una actividad o evento concreto conforme al Artículo 24. "Cuotas", sin más especificación, engloba ambas.
- "Reglamento de Régimen Interno" (reglament de règim intern) significa el documento de normas internas aprobado por la Asamblea General conforme al Artículo 11. Contiene las normas de funcionamiento diario de la asociación y puede desarrollar, pero nunca contradecir, estos Estatutos.
- "Grupo de Trabajo" y "Organizador/a" tienen los significados que les da el Capítulo IVa.
Artículo 2. Fines (Finalitats)
La asociación no tiene ánimo de lucro, y sus fines son:
- a)Construir y mantener una comunidad acogedora para personas de habla inglesa en Barcelona, ayudándolas a mantenerse activas, hacer amigos y sentirse como en casa en la ciudad.
- b)Organizar y promover actividades deportivas y físicas inclusivas (como pádel, tenis, voleibol, bádminton, baloncesto, senderismo, running, fútbol, escalada, ping pong, yoga y pilates, entre otras) abiertas a todos los niveles.
- c)Organizar actividades sociales, culturales y de intercambio de idiomas que fomenten la integración y la amistad.
- d)Promover los valores de inclusividad, fiabilidad, no comercialidad, colaboración y pertenencia comunitaria.
En la consecución de estos fines, la asociación puede llevar a cabo todas las actividades lícitas que sean coherentes con ellos. Cualquier beneficio económico obtenido debe destinarse íntegramente a los fines de la asociación, y nunca podrá repartirse entre los socios.
Artículo 3. Domicilio y Ámbito (Domicili i àmbit)
El domicilio social consta en el Registre d'Associacions de Catalunya y no se publica aquí por motivos de privacidad. Al formar el domicilio parte de estos Estatutos, su modificación constituye una modificación estatutaria, decidida por la Asamblea General (Artículo 14) y notificada al registro. El ámbito principal de actuación de la asociación es Cataluña, y principalmente la ciudad de Barcelona.
Artículo 4. Duración (Durada)
La asociación se constituye por tiempo indefinido.
Artículo 4a. Idioma de Trabajo
El idioma de trabajo de la asociación es el inglés, utilizado en las deliberaciones de la junta y la Asamblea, las actas y la comunicación interna, acorde con su naturaleza de comunidad de habla inglesa.
Las actas de las reuniones de la junta y la Asamblea se redactan en inglés como versión con valor probatorio. Se preparan traducciones al catalán o al castellano cuando sean necesarias para su presentación ante el registro u otro uso oficial. Este Artículo no afecta al idioma exigido para los documentos que se presenten ante el Registre d'Associacions, que por ley deben estar en catalán o castellano.
Capítulo II. Socios (Membres / Socis)
Artículo 5. Adquisición de la Condición de Socio
Existe una única clase de socio; la asociación no distingue tipos o categorías de socios conforme a estos estatutos.
Las personas fundadoras que firman el acta fundacional adquieren la condición de primeros socios de la asociación en el momento de su constitución, sin necesidad de seguir el procedimiento de admisión descrito a continuación.
Cualquier persona mayor de edad (18 años o más) con interés en los fines de la asociación puede solicitar hacerse socia.
Para ingresar, la persona presenta una solicitud por escrito a la junta (basta un correo electrónico). La junta decide en su siguiente reunión o mediante el procedimiento escrito del Artículo 18, e informa de las nuevas admisiones a la siguiente Asamblea General. Si la junta deniega una solicitud, comunica sus motivos por escrito; la persona solicitante puede llevar la decisión a la siguiente Asamblea General.
La condición de socio conforme a este Artículo es un estatus jurídico distinto de participar en las actividades o los grupos comunitarios de Keep Calm en general (Artículo 1a); ningún rol o reconocimiento comunitario la otorga por sí mismo. El régimen disciplinario del Artículo 9 se aplica únicamente a los socios en este sentido formal; la conducta comunitaria general y la moderación se gestionan enteramente al margen de estos Estatutos, conforme a las propias normas de conducta comunitaria de Keep Calm.
Artículo 6. Derechos de los Socios
Los socios tienen derecho a:
- a)Asistir, intervenir y votar en la Asamblea General (un socio, un voto).
- b)Elegir y ser elegidos para la junta directiva.
- c)Ser informados sobre las actividades, las cuentas y el gobierno de la asociación.
- d)Participar en las actividades de la asociación.
- e)Disponer de un ejemplar de estos estatutos.
- f)Consultar los libros de la asociación (contabilidad, actas, registro de socios).
Artículo 7. Deberes de los Socios
Los socios deben:
- a)Respetar y cumplir los estatutos y los acuerdos de los órganos de gobierno.
- b)Abonar puntualmente las cuotas (Artículo 1a) que les correspondan.
- c)Actuar conforme a los fines y valores de la asociación, incluidas sus normas de conducta y seguridad.
- d)Someter a mediación, conforme al Artículo 9a, las controversias que surjan del funcionamiento de la asociación antes de acudir a otras vías.
- e)Guardar confidencialidad sobre la información no pública de la asociación: las deliberaciones de la junta y sus miembros que no consten en actas de circulación general, las conversaciones privadas dentro de los órganos de gobierno de la asociación, y los datos personales de socios y participantes. Compartir cualquiera de ellos fuera de su destinatario previsto, incluso mediante capturas de pantalla, reenvíos o grabaciones, requiere la autorización de la junta o el consentimiento de todas las personas afectadas. Nada en este deber impide una revelación exigida o amparada por la ley, como un informe a una autoridad pública.
- f)Recabar datos personales (nombres, datos de contacto y similares) de socios y participantes únicamente a través de los canales y procesos que la junta haya autorizado, y tratarlos conforme a la normativa de protección de datos aplicable y las políticas de la asociación, según se detalla en el Reglamento de Régimen Interno.
En la máxima medida permitida por la ley, los socios participan en las actividades deportivas y físicas de la asociación bajo su propio riesgo. Ni la asociación, ni su junta, ni sus voluntarios responden de lesiones, enfermedades, pérdidas o daños derivados de la participación de un socio, salvo que sean causados por dolo o negligencia grave de la propia asociación, o en los casos en que la responsabilidad no pueda excluirse legalmente. Esto es una cuestión de salud y seguridad personal, distinta de la limitación de la responsabilidad financiera de los socios por las deudas y obligaciones de la propia asociación que se establece en el Artículo 27a.
Artículo 7a. Participación de No Socios e Invitados
La mayoría de las personas que efectivamente participan en las actividades de Keep Calm no son socias conforme a estos estatutos: participantes habituales de la comunidad, e invitados, amigos o familiares que alguien trae consigo. La limitación de responsabilidad del Artículo 7 se aplica por igual a cualquier persona que participe en una actividad de la asociación, sea o no socia.
Quien traiga a un invitado es responsable de la conducta de este durante la actividad. La participación se restringe a personas adultas: los invitados deben ser mayores de edad (18 años o más), el mismo requisito que el Artículo 5 establece para los socios, y un Organizador puede pedir a cualquier participante que confirme su edad. Participar como invitado no otorga ninguno de los derechos de socio del Artículo 6 y no convierte por sí mismo a nadie en socio.
Artículo 8. Baja de la Asociación (Baixa)
La condición de socio se extingue por: a) solicitud propia del socio; b) impago de las cuotas debidas (Artículo 1a), previo aviso; o c) incumplimiento grave de deberes, decidido por la junta con derecho de audiencia y derecho de apelación ante la Asamblea General.
Artículo 9. Régimen Disciplinario
Este régimen se aplica únicamente a los socios tal como se definen en el Artículo 5; no rige la conducta comunitaria general ni la moderación, que se gestionan conforme a las propias normas de conducta comunitaria de Keep Calm, con independencia de cualquier estatus de reconocimiento interno que un participante pueda ostentar.
La junta puede sancionar la conducta de un socio que infrinja los estatutos o las normas de la asociación. Las infracciones se clasifican en:
- Leves: incumplimientos menores de las normas o comportamientos inapropiados aislados. Sanción: hasta un aviso.
- Graves: problemas reiterados tras un aviso, o comportamientos que afecten seriamente a otro socio o a la asociación. Sanción: aviso formal o suspensión temporal de la condición de socio.
- Muy graves: acoso, violencia, fraude, uso indebido de fondos, discriminación, o comportamientos que pongan en riesgo la seguridad de otras personas. Sanción: suspensión o pérdida de la condición de socio.
Los ejemplos de conducta correspondientes a cada nivel se recogen en el Reglamento de Régimen Interno, que puede desarrollar, pero no ampliar, estas categorías.
Procedimiento: la junta designa a una persona para que examine el asunto en un plazo de 10 días desde que se plantee la cuestión; dicha persona investiga y propone una decisión en un plazo de 15 días, tras oír al socio afectado; la junta adopta entonces una decisión final motivada en un plazo adicional de 15 días. Estos plazos se cuentan en días naturales y son orientativos: su incumplimiento no invalida por sí solo el procedimiento, si bien la junta debe actuar sin dilaciones indebidas. Una sanción muy grave (como la expulsión) decidida por la junta puede recurrirse ante la siguiente Asamblea General.
Artículo 9a. Resolución Interna de Conflictos (Mediación)
La mediación que exige el Artículo 7 funciona de la siguiente manera:
- a)Las personas implicadas intentan primero resolver el asunto entre ellas.
- b)Si esto no funciona, un miembro de la junta no implicado en el conflicto actúa como mediador neutral.
- c)Si un miembro de la junta es parte del conflicto, otro miembro de la junta no implicado se hace cargo.
- d)Se da a ambas partes la oportunidad de exponer su posición.
El Reglamento de Régimen Interno puede establecer más detalle práctico.
Capítulo III. La Asamblea General (Assemblea General)
Artículo 10. Naturaleza
La Asamblea General es el órgano soberano de la asociación y está integrada por todos los socios.
Artículo 11. Facultades
Corresponde a la Asamblea General:
- a)Aprobar las cuentas anuales y el presupuesto.
- b)Elegir y cesar a los miembros de la junta directiva.
- c)Aprobar o modificar los estatutos.
- d)Fijar las cuotas de los socios.
- e)Decidir sobre la disolución de la asociación.
- f)Aprobar el Reglamento de Régimen Interno (reglament de règim intern) y sus modificaciones, por mayoría simple. El Reglamento de Régimen Interno contiene las normas de funcionamiento diario de la asociación -conducta comunitaria, seguridad, eventos, importes de gasto, descripciones detalladas de los cargos y cuestiones prácticas similares- con un requisito menos exigente que una modificación estatutaria completa. Puede desarrollar, pero nunca contradecir, estos Estatutos.
- g)Decidir cualquier otro asunto no reservado a la junta.
Artículo 12. Reuniones (Reunions)
La Asamblea se reúne:
- en sesión ordinaria, al menos una vez al año, dentro de los primeros seis meses, para aprobar las cuentas del ejercicio anterior y el presupuesto del ejercicio en curso;
- en sesión extraordinaria siempre que la junta la convoque, o cuando al menos el 10% de los socios lo solicite por escrito a la junta (basta un correo electrónico al Presidente o a una Secretaria), indicando los asuntos a tratar. La junta debe entonces convocar la Asamblea, que deberá celebrarse en un plazo de 30 días desde la recepción de la solicitud.
Artículo 13. Convocatoria (Convocatòria)
Las reuniones son convocadas por la junta, que decide por la misma mayoría que cualquier otro acuerdo de la junta (Artículo 18); el Presidente emite la convocatoria en nombre de la junta (Artículo 19), con una antelación mínima de 15 días, indicando fecha, hora, lugar y orden del día. La convocatoria puede realizarse por medios electrónicos (correo electrónico/mensajería). La Asamblea se celebra ordinariamente en línea; la junta puede en su lugar convocar una reunión presencial o híbrida, en un lugar distinto del domicilio social, cuando lo considere preferible.
Las reuniones celebradas en línea o por otros medios remotos son válidas siempre que los asistentes puedan ser identificados, la comunicación sea continua durante toda la sesión, y todos puedan participar en el debate y emitir su voto. En ese caso, se entiende que la reunión se celebra en el lugar donde se encuentre la persona que la presida.
Artículo 13a. Actas
Las Secretarias redactan el acta de cada Asamblea y la remiten a los socios en un plazo de 15 días desde la reunión. El acta se considera aprobada si ningún socio formula objeción por escrito en un plazo de 15 días desde su remisión; en caso contrario, el punto controvertido se somete a la siguiente Asamblea para una decisión definitiva. Los acuerdos adoptados en la reunión surten efecto inmediatamente al ser aprobados por la Asamblea, no únicamente una vez aprobada el acta.
Artículo 14. Quórum y Acuerdos
La Asamblea queda válidamente constituida en primera convocatoria cuando estén presentes o representados al menos la mitad de los socios. Si no se alcanza dicho quórum, la Asamblea se reúne en segunda convocatoria, al menos media hora después -la convocatoria puede fijar ambas citaciones a la vez- y queda entonces válidamente constituida cualquiera que sea el número de socios presentes.
Un socio que no pueda asistir puede hacerse representar delegando su voto por escrito (basta un correo electrónico o mensaje a una Secretaria) en otro socio, únicamente para esa reunión concreta. Ningún socio puede ostentar más de dos votos delegados.
Los acuerdos se adoptan por mayoría simple de los presentes, salvo la modificación de los estatutos y la disolución, que requieren una mayoría de dos tercios.
Capítulo IV. La Junta Directiva (Junta Directiva)
Artículo 15. Composición
La asociación está gobernada por una junta compuesta por un/a Presidente/a, dos Secretarios/as (que ejercen conjuntamente el cargo de Secretaría), dos Tesoreros/as (que ejercen conjuntamente el cargo de Tesorería), y un mínimo de dos y un máximo de ocho Vocales (miembros ordinarios de la junta), cuyo número exacto fija la Asamblea General en cada elección, todos ellos elegidos por la Asamblea General de entre los socios. Cuando un cargo se ejerza conjuntamente (Secretaría, Tesorería), cualquiera de las dos personas puede actuar sola con plena autoridad para dicho cargo. El reparto existe para compartir la carga de trabajo y garantizar la continuidad si una de ellas no está disponible, no para exigir la firma conjunta de cada acto.
Artículo 16. Duración del Mandato
Los miembros de la junta ejercen su cargo durante un año y pueden ser reelegidos. Al finalizar su mandato, los miembros de la junta permanecen en el cargo hasta que se elijan sus sucesores, de modo que la asociación nunca se queda sin junta directiva. Los cargos son no retribuidos (càrrecs no retribuïts). Si un cargo queda vacante por dimisión u otra causa, la junta puede cubrirlo provisionalmente por cooptación (cooptació) entre los socios, dando cuenta a la siguiente Asamblea General que se celebre. La condición de socio fundador es permanente y distinta de la pertenencia a la junta: una persona puede seguir siendo fundadora indefinidamente sin ostentar ninguna autoridad una vez que su mandato en la junta no se renueve.
Artículo 17. Facultades de la Junta
La junta gestiona y representa a la asociación entre Asambleas, ejecuta los acuerdos de la Asamblea, dirige las actividades, lleva la contabilidad y los libros legales, y admite a los socios. Esto incluye contratar al personal que la asociación pueda llegar a necesitar, si en algún momento deja de ser un modelo enteramente voluntario, y resolver provisionalmente sobre cualquier cuestión no prevista en estos estatutos, dando cuenta de ello a la siguiente Asamblea General. Cualquier asunto que estos Estatutos no reserven a la junta corresponde a la Asamblea General (Artículo 11g).
Artículo 18. Reuniones de la Junta
La junta se reúne al menos una vez por trimestre, y siempre que la convoque el Presidente o lo solicite un tercio de sus miembros, adoptando acuerdos por mayoría de los presentes; el Presidente tiene voto de calidad en caso de empate. Las reuniones de la junta pueden celebrarse por videoconferencia u otros medios remotos, en las mismas condiciones que el Artículo 13.
La junta también puede adoptar acuerdos sin necesidad de reunión, siempre que se consulte a todos los miembros de la junta y una mayoría manifieste su acuerdo por escrito (basta un mensaje o correo electrónico). Los acuerdos adoptados de este modo se recogen en el acta de la siguiente reunión de la junta.
Artículo 19. El Presidente
El Presidente representa legalmente a la asociación, convoca y preside las reuniones de la junta y de la Asamblea, y autoriza documentos y actas junto con la Secretaría.
Artículo 20. Las Secretarías
Las dos Secretarias ejercen conjuntamente el cargo; cualquiera de ellas puede actuar sola. Funciones: llevar el libro de actas (llibre d'actes) y el registro de socios (llibre de socis), custodiar la documentación de la asociación, y expedir certificados.
Artículo 21. Las Tesorerías
Los dos Tesoreros ejercen conjuntamente el cargo; cualquiera de ellos puede actuar solo. Funciones: llevar la contabilidad (comptabilitat), custodiar los fondos de la asociación, preparar las cuentas anuales y el presupuesto, y supervisar los ingresos y pagos.
Artículo 22. Los Vocales
Los Vocales llevan a cabo las tareas que la junta les asigne y sustituyen a otros cargos según sea necesario.
Las funciones detalladas del Presidente, las Secretarías, las Tesorerías y los Vocales se describen con mayor detalle en documentos de cargo que forman parte del Reglamento de Régimen Interno. Dichos documentos desarrollan los Artículos 19 a 22 y no pueden contradecirlos.
Capítulo IVa. Grupos de Trabajo y Voluntariado (Grups de Treball i Voluntariat)
Artículo 22a. Creación y Finalidad
La junta puede reconocer un grupo de trabajo para cualquiera de los ámbitos deportivos o de actividad de la asociación, de modo que dicha actividad pueda gestionarse en el día a día sin que cada decisión pase por la junta en pleno. Los socios que deseen crear uno lo plantean a la junta, explicando qué hará el grupo; la junta decide en su siguiente reunión y da cuenta de ello a la siguiente Asamblea General. Pádel, Voleibol, Tenis, Ping Pong, Bádminton, Fútbol, Running, Senderismo, Yoga y Pilates y Meditación, y Eventos Sociales son actualmente grupos de trabajo reconocidos; otros (como un futuro grupo de deportes de invierno o natación) podrán ser reconocidos o extinguidos por la junta con el tiempo, y los Organizadores y los Vocales de enlace podrán cambiar, todo ello sin necesidad de modificar estos estatutos. Esta flexibilidad es deliberada: las actividades de Keep Calm y las personas que las dirigen cambian con frecuencia, y los estatutos están redactados de modo que el crecimiento o el cambio en ninguno de los dos casos exija nunca una modificación formal.
Artículo 22b. Organizador/a
Cada grupo de trabajo cuenta con uno o varios Organizadores, que se encargan de su funcionamiento diario: programar sesiones, gestionar la logística habitual, y solicitar fondos a la Tesorería conforme al proceso de aprobación de gastos de la asociación. Un Organizador no necesita ser miembro de la junta, ni socio formal (soci) de la asociación conforme al Artículo 5; el cargo responde a quién organiza efectivamente la actividad en la práctica.
Artículo 22c. Enlace con la Junta
La junta designa a un Vocal como punto de contacto y supervisión de cada grupo de trabajo. Un mismo Vocal puede supervisar más de un grupo.
Artículo 22d. Rendición de Cuentas
Los Organizadores mantienen informado a su Vocal de enlace sobre las actividades del grupo y cualquier incidencia, con la periodicidad que fije la junta.
Artículo 22e. Límites
Los grupos de trabajo actúan dentro de los fines de la asociación y de su proceso de aprobación de gastos. No tienen autoridad independiente para vincular a la asociación, ni pueden ejercer ninguna facultad que este capítulo reserve a la Asamblea General o a la junta en su conjunto.
Un Organizador puede hablar en nombre de su grupo de trabajo en su funcionamiento diario, pero no en nombre de la asociación en su conjunto: solicitar permisos o licencias, suscribir acuerdos, o realizar de otro modo actuaciones legales en nombre de la asociación requieren en todo caso la autorización previa de la junta, al igual que recaudar dinero fuera de los canales que establece el Artículo 24a.
Artículo 22f. Voluntariado
La asociación desarrolla sus actividades principalmente a través de personas voluntarias: Organizadores y demás personas que dedican su tiempo de forma no remunerada a dirigir y apoyar sus actividades, sean o no socias. Las personas voluntarias participan bajo la dirección de la asociación y dentro de sus fines y normas. La asociación lleva un registro de voluntarios (llibre de voluntaris) que recoge quiénes son sus voluntarios y las tareas que asumen, tal como exige el artículo 313-3 del Código Civil de Cataluña; las Secretarías lo mantienen junto con el registro de socios. Las normas prácticas para los roles de voluntariado -incorporación, expectativas, gastos y conducta- se establecen en el Reglamento de Régimen Interno. El voluntariado no es retribuido, no otorga ninguno de los derechos de socio del Artículo 6, y no convierte por sí mismo a nadie en socio.
Capítulo V. Régimen Económico (Règim Econòmic)
Artículo 23. Patrimonio Fundacional
El patrimonio fundacional inicial es de 110 € (10 € aportados a partes iguales por cada uno de los 11 fundadores).
Artículo 24. Recursos
Los recursos de la asociación pueden incluir:
- Cuotas periódicas de socios (quotes) fijadas por la Asamblea General (actualmente no se cobran; la política de Keep Calm es de pago por evento en lugar de cuotas recurrentes).
- Aportaciones puntuales vinculadas a una actividad o evento concreto (por ejemplo, inscripción a un torneo, coste de pista). Esto puede incluir un pequeño margen sobre el coste real de la actividad, que se mantiene como reserva para dicha actividad para cubrir costes cuando un socio no pueda asistir tras haberse efectuado una reserva (por ejemplo, una pista de pádel ya abonada).
- Donaciones, que pueden estar destinadas por el donante a una actividad concreta (por ejemplo, una donación de 10 € para una nueva red de voleibol), y que se registran por actividad en la contabilidad de la asociación.
- Legados, subvenciones y ayudas.
- Ingresos de las propias actividades de la asociación, y cualquier otra fuente lícita coherente con sus fines.
Las cuotas periódicas de socios, las aportaciones puntuales por actividad (incluido cualquier margen de reserva) y las donaciones destinadas se consideran todas ellas aportaciones de los socios a las propias actividades de la asociación, y no un pago por un servicio comercial.
Artículo 24a. Recaudación de Fondos y Uso del Nombre
El dinero solo puede recaudarse en nombre de la asociación a través de canales aprobados por la junta, según se establece en el Reglamento de Régimen Interno. Nadie puede recaudar fondos en nombre de la asociación fuera de dichos canales, y nadie puede actuar, recaudar fondos, o asumir compromisos en nombre de la asociación sin la autorización de la junta.
La asociación no rige ni exige autorización para los sitios web, cuentas de redes sociales o grupos de mensajería de cara a la comunidad de Keep Calm -estos siguen correspondiendo a la comunidad y a sus Organizadores. La autoridad de la asociación conforme a este Artículo se limita al dinero y a los compromisos asumidos en su propio nombre.
Las declaraciones públicas en nombre de la asociación -a la prensa, a otras organizaciones, o a autoridades públicas- las realiza únicamente el Presidente o un miembro de la junta que esta designe.
Artículo 25. Ejercicio Económico
El ejercicio económico va del 1 de enero al 31 de diciembre. El primer ejercicio económico comienza en la fecha de constitución.
Artículo 26. Contabilidad
La asociación lleva una contabilidad adecuada que refleja fielmente su situación financiera, junto con un inventario actualizado de sus bienes. Las cuentas son aprobadas anualmente por la Asamblea General.
Artículo 26a. Autorización de Pagos
Las cuentas de la asociación están controladas por el Presidente, las Tesorerías y las Secretarías. Los pagos con cargo a los fondos de la asociación se autorizan en tres tramos:
- Pequeño: autorizado por una Tesorería.
- Medio: autorizado conjuntamente por una Tesorería y una Secretaría.
- Grande: autorizado conjuntamente por el Presidente, una Tesorería y una Secretaría.
El importe en euros de cada tramo se fija en el Reglamento de Régimen Interno, de modo que la Asamblea pueda ajustar los importes a medida que la asociación gane experiencia sin necesidad de modificar estos Estatutos; sin embargo, las autoridades aprobatorias anteriores solo pueden modificarse mediante una modificación estatutaria.
La autorización puede otorgarse y registrarse por cualquier medio fiable, incluidos los propios sistemas de aprobación digital de un banco o un registro escrito o electrónico llevado por las Tesorerías. No se requiere firma física cuando los sistemas del banco o el registro de aprobación conservado ofrezcan un control equivalente. Toda autorización queda registrada en la contabilidad de la asociación.
La asociación no puede pedir dinero prestado, contraer deudas, ni otorgar garantías sin la aprobación de la Asamblea General. Los compromisos financieros recurrentes (como suscripciones, seguros o reservas fijas) requieren autorización de tramo grande y son revisados por la junta al menos anualmente.
Artículo 27. Aplicación de Fondos
Todos los ingresos y cualquier excedente deben destinarse exclusivamente a los fines de la asociación y nunca podrán repartirse entre los socios.
Artículo 27a. Responsabilidad Financiera de los Socios
En la medida permitida por la ley, la asociación, como entidad jurídica propia, responde de sus propias deudas y obligaciones, y no sus socios. Esto se aplica por igual a los socios ordinarios y a los socios fundadores; fundar la asociación no genera ninguna responsabilidad personal especial más allá de la que corresponde a cualquier otro socio. La exposición financiera de un socio se limita a cumplir aquello que él mismo haya acordado voluntariamente (como sus propias cuotas o una aportación concreta), y no a las deudas de la asociación en general. Esto es una cuestión de la exposición financiera de la asociación, distinta de la asunción personal de riesgo en las actividades deportivas que establece el Artículo 7.
Esto no afecta al régimen de responsabilidad distinto y más limitado que se aplica personalmente a los miembros de la junta por los daños causados por su propia gestión ilícita o negligente de la asociación; dicha responsabilidad existe conforme al Código Civil de Cataluña con independencia de lo que digan estos estatutos. No tiene relación alguna con la condición ordinaria de socio, financiera o de otro tipo.
Capítulo VI. Disolución (Dissolució)
Artículo 28. Causas
La asociación se disuelve por acuerdo de la Asamblea General, adoptado por la misma mayoría de dos tercios que exige el Artículo 14 para modificar los estatutos, o por cualquier otra causa prevista por la ley. Este acuerdo se adopta en una Asamblea General Extraordinaria convocada con la disolución como único punto del orden del día.
Artículo 29. Liquidación
En caso de disolución, la junta actúa como liquidadora. Una vez satisfechas las deudas, los bienes remanentes deben entregarse al Ajuntament de Barcelona o, si así lo decide la Asamblea disolvente, a otra entidad sin ánimo de lucro con fines análogos a los de la asociación, conforme al carácter no lucrativo de la asociación. Los bienes nunca podrán repartirse entre los socios.
Disposición Final
Todo lo no previsto en estos estatutos se rige por el libro tercero del Código Civil de Cataluña (Llei 4/2008) y demás normativa aplicable.
Estos estatutos fueron aprobados en la reunión fundacional celebrada el 19 de septiembre de 2026 y están firmados, como mínimo, por el Presidente y la Secretaría.
Presidente: (nombre en poder del registro, no publicado aquí por privacidad)
Secretaría: (nombre en poder del registro, no publicado aquí por privacidad)
